Bonificaciones fiscales en Andalucía - Una oportunidad que no podéis perder!

Bonificaciones fiscales en Andalucía - Una oportunidad que no podéis perder!

Para el post del día de hoy, os hablaremos de las bonificaciones fiscales para el autoconsumo solar en la comunidad autónoma de Andalucía, considerada como una de las más soleadas de toda España. 

¿Por qué apostar por el autoconsumo solar en Andalucía? 

Apostar por la energía solar en Andalucía es un negocio seguro y estable. Esta comunidad autónoma cuenta con el más elevado número de horas de irradiación solar anual (más de 3000 horas al año según la provincia) en toda España, por lo que su aprovechamiento es elevado y altamente rentable. Andalucía es considerada como una región ideal para realizar inversiones en materia fotovoltaica

En los últimos años, la comunidad autónoma ha apoyado una gran cantidad de proyectos fotovoltaicos mediante subvenciones y facilidades administrativas para seguir liderando la llamada “revolución verde” a nivel nacional. 

Tanto es así que la comunidad puso en marcha el año pasado (2020) un plan llamado: “Programa de incentivos para el Desarrollo Energético Sostenible de Andalucía” dedicado a motivar las instalaciones fotovoltaicas en hogares, en la administración pública y en pequeñas y medianas empresas. 

¿Cómo es aprovechada la energía solar en Andalucía? 





El sol siempre ha sido, históricamente hablando, uno de los aliados energéticos más relevantes que ha tenido esta comunidad autónoma. Los andaluces han sabido aprovechar la energía solar, convirtiéndola en calor y electricidad, para posteriormente obtener agua caliente y climatizar espacios. 

La energía solar en Andalucía se ha visto explotada de tres maneras: fotovoltaica, térmica y termoeléctrica. 

Aquí os explicaremos cómo diferenciar cada una de ellas. 

Energía solar fotovoltaica

La energía solar fotovoltaica consiste en la transformación y aprovechamiento de la energía solar captada por los paneles solares para la producción de una corriente eléctrica que pueda ser consumida e incorporada a la red eléctrica. 

Energia solar térmica

La energía solar térmica se sirve de la energía solar recogida para calentar el fluido que circula al interior del dispositivo de captación. Se usa generalmente para la producción de agua caliente, para la climatización de piscinas y edificios, y para uso industrial. 

Energia solar termoeléctrica

La energía solar termoeléctrica o termosolar es aquella que utiliza el calor del sol para producir electricidad. Es un tipo de energía limpia, abundante y sostenible. La energía termosolar tuvo su mayor auge en la década de los ochenta con la construcción de importantes centrales termoeléctricas en Europa y algunos países asiáticos como Japón.

Andalucía es una comunidad que carece de recursos combustibles fósiles, por lo que su empeño y dedicación por la obtención de energía a través del sol es notable. Por esta razón, en Andalucía puede encontrarse los tres tipos de energía en pleno funcionamiento.

Actualmente, la región dispone de una vasta muestra de tecnologías termosolares experimentales y en desarrollo. 

¿Cuáles son las bonificaciones fiscales para el autoconsumo solar en Andalucía? 



Las bonificaciones fiscales en Andalucía también corresponden al IBI y al ICIO como ya hemos constatado en otras comunidades. Sin embargo, existen diferencias en los porcentajes de las bonificaciones por autoconsumo solar en función de la provincia en la que se realice la instalación. 

Veamos la situación por provincia.



SEVILLA 

IBI

  1. Bonificación del 50 por 100 (50%)de la cuota íntegra del IBI para los inmuebles de uso residencial que hayan instalado sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de energía solar. La bonificación se aplicara en los tres períodos impositivos siguientes a la instalación de los sistemas. 

  1. A partir del cuarto período impositivo después de la instalación de los sistemas de aprovechamiento solar, siempre y cuando conserve la homologación de la Administración competente, tendrán derecho a una bonificación del 30 por 100 (30%) de la cuota integra del IBI, los inmuebles de uso residencial con dichos sistemas. 

ICIO 

  1. Bonificación del 75 por 100 (75%) de la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, las actuaciones que tengan por objeto exclusivo la incorporación de sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para el autoconsumo. 

DATO: Sevilla no acepta doble bonificación. 

MÁLAGA

IBI

  1. Bonificación del 15 por 100 (15%) en la cuota íntegra del impuesto, las edificaciones de uso residencial. Para tener derecho a esta bonificación debe ser instalado un mínimo de 4m2 de superficie de apertura de captación social. La bonificación tendrá una duración máxima de tres años desde el período siguiente al de la fecha de la instalación. 

ICIO

  1. Bonificación del 95% para aquellos sistemas solares térmicos para agua caliente sanitaria (energía solar y de apoyo) con al menos 5 Kw de potencia. 

  2. Bonificación del 95% para aquellos sistemas de energía solar fotovoltaicos conectados a la red de distribución eléctrica.



MARBELLA 

IBI

  1. Bonificación del 25 por 100 (25%) en la cuota íntegra del impuesto, los bienes inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar durante los cinco períodos impositivos siguientes al de la instalación.

ICIO 

  1. Bonificación del 95 por 100 (95%) de la cuota del impuesto las construcciones, instalaciones u obras que incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.

GRANADA

IBI

  1. Bonificación de 50% de la cuota, las viviendas (excepto las de nueva construcción) en las que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo. La bonificación se aplica únicamente el año siguiente al que se hace la instalación y tiene que ser solicitada por los beneficiarios en un plazo máximo de 3 meses desde el fin de la instalación.

ICIO 

1. Bonificación del 95% de la cuota del impuesto, a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo. 

CÓRDOBA

IBI

 1. Bonificación del 50 por 100 (50%) en la cuota íntegra del impuesto aquellos sujetos pasivos que instalen en su vivienda habitual y permanente, sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo. La bonificación tiene carácter rogado y debe solicitarse por el sujeto pasivo en el plazo de tres meses desde la conclusión de la instalación. 

ICIO

  1. Bonificación del 95 por cien (95%) a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo. 

ALMERÍA

IBI 

  1. Bonificación del 50 por 100 (50%) en la cuota íntegra del impuesto, las edificaciones cuyo uso sea predominantemente residencial. Para obtener esta bonificación será necesario que los sistemas de aprovechamiento térmico instalados dispongan de una superficie mínima de captación solar útil o área de apertura de 2 m2 por cada 150 m2 de superficie catastral de la vivienda, o en los sistemas para el aprovechamiento eléctrico una potencia mínima de 2 KW. por cada 225 m2 de superficie catastral de la vivienda. Esta bonificación tendrá una duración máxima de tres años, a contar desde el período impositivo siguiente al de la fecha de puesta en funcionamiento de la instalación.

ICIO

No recoge bonificaciones. 

CÁDIZ

  1.  Bonificación del 25% en la cuota íntegra del impuesto, las edificaciones cuyo uso catastral sea predominantemente residencial en las que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, durante los tres períodos impositivos siguientes al de la finalización de la instalación. En caso de aprovechamiento eléctrico, será exigible que tales sistemas dispongan de una potencia instalada mínima de 5 Kw por cada 100 m2 de superficie construida.

ICIO 

  1. Bonificación del 95 por cien (95%) a los particulares y empresas que instalen tecnología fotovoltaica. 

HUELVA 

IBI 

  1. Bonificación del 50 por 100 (50%) de la cuota íntegra del impuesto aquellos sujetos pasivos que obtengan licencia municipal y que instalen en sus viviendas sistemas para el aprovechamiento eléctrico de la energía proveniente de los paneles solares. Tendrá una duración de tres años a partir del ejercicio siguiente al de su instalación.

ICIO

1. Bonificación de un 25 por 100 (25%) de la cuota del Impuesto, las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. 

JAÉN

IBI

1. Bonificación del 50 por 100 (50 %) de la cuota íntegra del impuesto para los bienes inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol en el período impositivo siguiente a la fecha de instalación de los mismos. 

ICIO

No recoge bonificaciones. 

Para mas información sobre las bonificaciones en Andalucía, os dejamos el siguiente enlace: https://www.agenciaandaluzadelaenergia.es/es 

Andalucía, además de contar con un hermoso paisaje mediterráneo es, sin lugar a dudas, una de las mejores alternativas para la energía fotovoltaica en toda España.

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